Real Audiencia

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Término Definición
Real Audiencia

 Máximo tribunal judicial en España y sus colonias. En el continente americano su función principal era administrar la justicia de la corona en todos sus territorios, aunque también representaba al rey, vigilaba el comportamiento de los gobernadores y promulgaba ordenanzas. La primera Real Audiencia establecida en América fue la de Santo Domingo en 1511, con jurisdicción sobre todas las islas del Caribe y tierras adyacentes.